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Sabías que…

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Los comparendos pueden ser impuestos por agentes diferentes a los policías de tránsito.

El Ministerio de Transporte aclaró las reglas sobre imposición de comparendos y señaló que, en principio, son los agentes de tránsito quienes deben realizar el respectivo procedimiento.

Sin embargo, en atención al principio de prevención, cualquier autoridad policiva puede diligenciar el comparendo en caso de que el agente de tránsito no se encuentre en el lugar de los hechos. Esto con el fin de adoptar medidas urgentes mientras se hace presente la autoridad.

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